El Supremo establece que las divergencias razonables entre los padres no impiden la custodia compartida del menor
Enviado por Editorial el Mié, 08/04/2015 - 16:59Concede la custodia compartida solicitada por el padre porque “fomenta la integración del menor con ambos padres”
El Tribunal Supremo ha otorgado la custodia compartida de un niño solicitada por el padre al considerar que la existencia de divergencias entre los padres que sean razonables no imposibilitan este régimen que es deseable porque fomenta la integración del menor con ambos progenitores, sin desequilibrios, evita el 'sentimiento de pérdida', no cuestiona la idoneidad de los padres y estima la cooperación de los mismos en beneficio del menor.