Artículos de Derecho Civil

Artículos doctrinales de Derecho Civil

La suspensión de obligaciones contractuales en sede cautelar

Han proliferado en los últimos tiempos resoluciones de nuestros juzgados y tribunales que conceden medidas cautelares por las que se suspenden los efectos de obligaciones contractuales. Estas medidas frecuentemente han sido resueltas en procedimientos judiciales, en los cuales una parte contractual promueve la ineficacia total o parcial de un contrato cuyas prestaciones le resultan singularmente gravosas, hasta el punto de comprometer su solvencia. Por ejemplo, la pandemia del coronavirus o la crisis financiera iniciada en 2008 han dado lugar recientemente al ejercicio de este tipo de acciones que tratan de modificar un contrato.
Habitualmente, esas resoluciones concluyen que concurre peligro en la demora debido a un riesgo de insolvencia del demandante. Es decir, se suspende una obligación de pago cuestionada en la demanda principal sobre la base de que, en caso de tener que satisfacer esa obligación, el actor se vería abocado a una situación de insolvencia. En tales casos se plantea la duda sobre la admisibilidad o no en nuestro ordenamiento de una medida cautelar que no solo adelanta los efectos de una posible sentencia estimatoria, sino que también comporta una alteración del estado de cosas previo al conflicto. También existe controversia sobre si el riesgo de que el demandante devenga en una situación concursal puede ser considerada a la hora de adoptar la medida. Para dar respuesta a esta problemática será necesario analizar y sistematizar la difícil regulación legal de las medidas cautelares en el ordenamiento procesal español, que presenta algunas cuestiones oscuras.
Pese a la notable importancia práctica de la cuestión, resulta llamativa la escasa atención que la doctrina ha dedicado a la posible alteración o suspensión de los contratos en sede cautelar. El presente trabajo se propone llenar ese vacío y aclarar si nuestro ordenamiento permite o no la modificación provisional de la relación contractual en tanto no se dicte sentencia sobre el fondo.

Palabras claves: medidas cautelares; medidas anticipatorias; medidas satisfactivas; riesgo de insolvencia.

Luis Gómez-Iglesias Rosón
Abogado de Uría Menéndez

Carlos Francés Bataller
Abogado de Uría Menéndez

Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2021 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Antonio Ortí Vallejo, doña Dolores Bardají Gálvez, don Pablo Ignacio Fernández Carballo-Calero, don Carlos Gómez Asensio, doña Sara González Sánchez, doña Pilar Gutiérrez Santiago, don Alfonso Martínez Echevarría y García de Dueñas y doña Linda Navarro Matamoros.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 251 (diciembre 2021)

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Prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor: comentarios descalificatorios en una página web que alertan de la venta a domicilio a personas vulnerables

Derecho al honor de persona jurídica. Prevalencia de la libertad de expresión. Comentarios lesivos sobre prácticas comerciales de venta a domicilio publicados en una página web. Alarma social e interés general.

La jurisprudencia constitucional y la ordinaria admiten la procedencia de considerar incluido en la protección del honor el prestigio profesional, tanto de las personas físicas como de las jurídicas. Por consiguiente, no se puede descartar que la persona jurídica vea lesionado su derecho al honor mediante la divulgación de hechos que la difamen o la hagan desmerecer en la consideración ajena, sin que sea preciso acreditar la existencia del daño patrimonial en sus intereses, siendo suficiente la intromisión ilegítima en el honor de la entidad.

Validez y eficacia de los pactos parasociales: un enfoque sistemático

Este trabajo analiza varias cuestiones polémicas relativas a la validez y eficacia de los pactos parasociales: (a) en qué medida pueden las partes renunciar en ellos a sus derechos societarios, (b) si estos convenios pueden contener instrucciones a los administradores sociales, (c) si la sociedad debe o puede implicarse en asegurar la efectividad de lo pactado, y (d) si, cuando los pactos son omnilaterales, pueden ejecutarse mediante remedios societarios. Estos temas se suelen afrontar indicando que el pacto parasocial no es oponible a la sociedad (art. 29 LSC), lo que significaría que solo obliga inter partes y carece de eficacia societaria. Tal planteamiento olvida que el pacto tiene efectos de facto sobre la realidad en la que se inserta, que es la societaria. Sobre esta base ofrecemos soluciones en las que la legislación de sociedades recobra un papel relevante, junto con los principios generales del derecho contractual y patrimonial.

Palabras claves: pactos parasociales; validez; eficacia; derecho de sociedades.

Javier Serra Callejo
Abogado

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2021 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Antonio Ortí Vallejo, doña Dolores Bardají Gálvez, don Pablo Ignacio Fernández Carballo-Calero, don Carlos Gómez Asensio, doña Sara González Sánchez, doña Pilar Gutiérrez Santiago, don Alfonso Martínez Echevarría y García de Dueñas y doña Linda Navarro Matamoros.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 249 (octubre 2021)

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La aplicación de la sharía islámica en Europa: Análisis del asunto Molla Sali, STEDH de 19 de diciembre de 2018, y el asunto Soha Sahyouni contra Raja Mamisch, STJUE de 20 de diciembre de 2017

La postura de los ordenamientos jurídicos europeos hacia la denominada adecuación procesal de raíz islámica está siendo objeto de atención por los medios de comunicación europeos, que se hacen eco de los intentos formales y de facto de implementación de la sharía como ley personal aplicable, tanto de forma sustantiva como procesal, en la solución de conflictos de comunidades musulmanas, en creciente expansión, que reclaman la autonomía plena en la resolución de sus controversias, arguyendo que su identidad religiosa propia es base suficiente para ello, en un contexto cada vez más multicultural de Europa occidental.

Palabras claves: ordenamiento jurídico europeo; sharía; contexto multicultural; jurisprudencia TEDH y TJUE.

Nagore Embeita Izaguirre
Profesora ayudante de investigación.
Departamento de Economía y Gestión. Universidad del País Vasco


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 247-248 (agosto-septiembre 2021)

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Problemas prácticos que plantea el internamiento asistencial involuntario de personas de edad avanzada

El aumento de la esperanza de vida y el desarrollo de enfermedades asociadas a la senectud ha provocado que cada vez sean más las personas de edad avanzada necesitadas de asistencia. En muchos casos sus familiares no pueden prestarles eficazmente los cuidados de los que precisan, por lo que se ven obligados a delegar dicha tarea en terceras personas, ya se trate de cuidadores profesionales o de centros especializados. La jurisprudencia más reciente ha considerado que el internamiento asistencial de personas de edad avanzada que carecen de capacidad para consentirlo ha de llevarse a cabo siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para el internamiento involuntario por razón de trastorno psíquico, lo que en la práctica plantea diversos problemas, especialmente en lo que concierne a la concurrencia de los requisitos sustantivos y al cumplimiento de las garantías previstas en dicho precepto, así como a la necesidad de revisar todas las medidas de internamiento adoptadas prescindiendo del mencionado procedimiento.

Palabras claves: internamiento asistencial involuntario; edad avanzada; discapacidad.

Javier Martínez Calvo
Profesor Ayudante Doctor de Derecho Civil (Acred. Contratado Doctor).
Universidad de Zaragoza.


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 247-248 (agosto-septiembre 2021)

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Tecnología blockchain y contratación electrónica: puntos críticos de integración de los denominados smart contracts en nuestro sistema de derecho contractual

En este trabajo se propone el análisis de dos realidades que están condenadas a entenderse, además forzosamente de manera absolutamente armónica: las pujantes nuevas tecnologías, personificadas a los efectos buscados en la blockchain y los denominados smart contracts, de un lado, y el sistema de derecho contractual, que se inserta con tanta solera histórica en nuestro ordenamiento jurídico y que tantos cambios ha venido experimentando para adaptarse fehacientemente a la realidad social contemporánea y las problemáticas que gesta en su ámbito material, de otro. Se trata de exponer, rápidamente, la primera de esas vertientes para comprobar, posteriormente, si cuenta con un engarce pacífico con la segunda y su imperativa fuerza normativa. En su caso, se reflexionará sobre la necesidad de adaptar ese complejo normativo a las innovaciones tecnológicas, habida cuenta de que en las mismas va a producirse el fenómeno de la contratación, sirviéndose de ellas y sus ventajas, procurando que no faciliten abusos o desafueros.

Palabras claves: contrato; blockchain; smart; derecho; tecnología.

Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho, profesor asociado de Derecho Civil.
Universidad de Oviedo


Adrián García Pacios
Graduado en Derecho.
Universidad de Oviedo


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

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La discriminación legal del ejecutado que no ostenta la condición de deudor en el proceso de ejecución hipotecaria

En el presente artículo se analiza, desde un punto de vista crítico, la discriminación que en el procedimiento de ejecución hipotecaria sufre el ejecutado que no ostenta la condición de deudor, al que no se conceden algunos de los derechos que la ley otorga a este.

Palabras claves: hipotecante no deudor; tercer poseedor; subasta; concurso; ejecución hipotecaria; cláusulas abusivas.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

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El avance industrial modela el derecho de la competencia. Las acciones follow-on y el cártel europeo de los fabricantes de camiones

El impacto del derecho de la competencia, o de cualquier otra ley, depende de su modo de ejecución. La elección de las medidas para hacer cumplir la ley es tan importante como la definición de lo que la ley permite o prohíbe. Al decidir si obedecer una ley de competencia, las partes afectadas normalmente se preguntan qué sucederá si transgreden dichas normas. Saber con qué probabilidad la ley les castigará a los malhechores es fundamental para responder a la pregunta.
El Reglamento 1/2003 proporciona a los ciudadanos y a la Comisión Europea un nuevo instrumento para hacer cumplir las normas de competencia de la Comunidad Europea. Y a continuación, tras muchos años de preparación, el 17 de abril de 2014 el Parlamento Europeo aprobó el texto de la propuesta de Directiva sobre acciones por daños y perjuicios en materia de defensa de la competencia. El objetivo político declarado de la directiva es mejorar el acceso a la indemnización de todas las víctimas de infracciones del derecho de la competencia de la UE; el objetivo puede obtenerse mediante diferentes tipos de aplicación.
Es un principio fundamental, si bien genera derechos y obligaciones, de que el derecho de la Unión depende de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros para aplicar estos derechos y obligaciones. De esta forma, se dice que los Estados miembros tienen autonomía en materia de tratamiento y procedimiento, con sujeción a las dos condiciones: una de equivalencia (lo que significa que las condiciones para una reclamación basada en una infracción del Derecho de la UE no pueden ser más estrictas que las de una reclamación basada en la legislación nacional similar) y una de eficacia mínima (lo que significa que las condiciones no pueden dificultar indebidamente la ejecución de los derechos concedidos por el tratado). Estas condiciones se derivan a su vez de la obligación general de los Estados miembros de garantizar la aplicación efectiva del derecho de la Unión y cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 4, apartado 3, del TUE. Las normas de defensa de la competencia contenidas en el TFUE se aplican tanto mediante decisiones adoptadas por las autoridades de competencia y otras autoridades públicas como mediante litigios ante los tribunales, promovidos por los particulares en relación con una supuesta infracción de las normas de competencia por otra parte privada. Para concluir este trabajo, he recogido un breve análisis de uno de los casos más recientes, de alto perfil y de una de las multas más altas en la UE. Esto ilustra la interacción entre la aplicación pública y privada de la legislación en materia de competencia.

Palabras claves: Adam Smith; avance industrial; cártel; derecho de la competencia; Unión Europea; Tratado Constitutivo de la UE; Tratado de Funcionamiento de la UE; Comisión Europea; autoridades nacionales de competencia; multas; aplicación pública y privada; artículos 101 y 102 del TFUE; jurisprudencia del TJUE; camiones.

Denis Feschuk
Abogado especialista en derecho internacional privado
Doctorando en derecho de la competencia. Universidad de Murcia


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

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La responsabilidad por daños derivados de los productos en los casos internacionales. Ley aplicable y perspectiva del Tribunal Supremo español

Este trabajo aborda la aplicación del derecho en los casos en los que el daño deriva de un producto. El Tribunal Supremo en su jurisprudencia ha tenido la oportunidad de aplicar instrumentos legales internacionales a complejos asuntos en los que se debía dilucidar la ley aplicable a la responsabilidad que derivaba de daños causados por productos. La globalización mundial es un dato incuestionable, y en muchas ocasiones es la explicación a que las obligaciones extracontractuales derivadas de daños producidos a terceros se produzcan en un plano internacional. Y en este contexto se realiza un estudio de la perspectiva del Tribunal Supremo sobre estas obligaciones extracontractuales.

Palabras claves: cresponsabilidad por daños; productos; casos internacionales; jurisprudencia Tribunal Supremo.

Isabel Lorente Martínez
Abogada colegiada ejerciente. Ilustre Colegio de Abogados de Murcia
Profesora doctora de Derecho Internacional Privado. Universidad de Murcia
Miembro de la Red Europa-España de Derecho Internacional Privado


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 245 (junio 2021)

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¿Cómo ha afectado el coronavirus al derecho del seguro?

Análisis acerca de cómo ha afectado la pandemia mundial del coronavirus al sector del seguro y las incidencias que pueden darse en determinadas pólizas de seguro, acerca de si se admite la cobertura de la póliza o las entidades aseguradoras pueden rechazar esta cobertura.

Palabras claves: coronavirus; contrato de seguro; cobertura.

Vicente Magro Servet
Magistrado. Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho


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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 245 (junio 2021)

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