Momento para la liquidación del régimen económico matrimonial de la sociedad de gananciales
Enviado por Editorial el Mar, 01/07/2025 - 10:42Derecho de familia. Régimen económico matrimonial de gananciales. Liquidación. Inventario.
El recurso de casación versa sobre el momento de la disolución del régimen económico matrimonial del gananciales. Se reitera la doctrina de la sala acerca de que el régimen se disuelve con la firmeza de la sentencia de divorcio. La sentencia recurrida ha aplicado la jurisprudencia, y la razón por la que no incluye en el activo determinadas sumas de dinero es porque considera acreditado que se emplearon por el esposo en levantar cargas del matrimonio, lo que la recurrente no ha impugnado adecuadamente.
Cuando se trata de libre separación de hecho excluye el fundamento de la sociedad de gananciales, que es la convivencia, pues entenderlo de otro modo significaría un acto contrario a la buena fe con manifiesto abuso de derecho. Vienen estableciéndose como requisitos, para entender que procede establecer como fecha de disolución de la sociedad de gananciales la de la separación de hecho, los siguientes:


