Impugnación del recurso de apelación en procesos con varios litigantes. Responsabilidad civil de los registradores
Enviado por Editorial el Jue, 16/11/2023 - 12:41Impugnación del recurso de apelación en procesos con varios litigantes. Responsabilidad civil de registrador de la propiedad. Anotación preventiva de embargo consignando datos erróneos sobre los titulares de las fincas.
La impugnación a que se refiere el art. 461 de la LEC implica una inicial conformidad con la sentencia o auto definitivo dictados por el juzgado; no obstante, al ser apelados por otra parte, y en tanto en cuanto el recurso interpuesto cause gravamen en la posición jurídica de otros litigantes, la ley les otorga la oportunidad de convertirse, a su vez, en recurrentes, mediante la impugnación de aquellos aspectos de la resolución dictada que resulten contrarios a sus intereses. La finalidad a la que responde la impugnación es conciliar la posibilidad de que quien resulta parcialmente perjudicado por la sentencia pueda consentirla absteniéndose de interponer el correspondiente recurso de apelación en atención a los aspectos que le resultan favorables; y de otro lado, el pleno ejercicio del derecho de defensa si la contraparte interpone recurso de apelación.