Colgar una pancarta en un colegio para informar de que no paga el alquiler no vulnera su honor
Enviado por Editorial el Vie, 29/11/2024 - 12:15Derecho al honor. Libertad de información. Carteles informativos de impago. Veracidad y proporcionalidad.
El Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, ha resuelto que la colocación de una pancarta en un colegio y guardería para informar sobre el impago de alquiler y la existencia de una orden de desahucio no constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor, siempre que la información sea veraz y no tenga un carácter vejatorio.
Como contexto, el centro adeudaba 30.720 euros en concepto de alquiler, y la deuda continuó acumulándose incluso tras la colocación de la pancarta. Los propietarios también difundieron la información en redes sociales y entregaron documentación sobre la sentencia de desahucio a un padre del alumnado. La Sala concluye que la conducta no vulneró el honor del administrador, ya que se limitó a informar sobre hechos acreditados sin emplear expresiones injuriosas.