Indemnización por robo de datos personales que no han sido objeto de uso fraudulento posteriormente
Enviado por Editorial el Mar, 02/07/2024 - 09:09Tratamiento de datos personales. Derecho a indemnización. Concepto de «daños y perjuicios inmateriales». Robo de datos personales registrados en una aplicación de negociación con valores (trading) que no han sido objeto de uso fraudulento.
El Tribunal de Justicia declara que:
- El artículo 82, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), debe interpretarse en el sentido de que el derecho a indemnización previsto en esa disposición cumple una función exclusivamente compensatoria, en la medida en que una indemnización pecuniaria basada en la referida disposición debe permitir compensar íntegramente el perjuicio sufrido.