El daño soportado por un jugador online se considera producido en el Estado miembro en el que este tiene su residencia habitual
Enviado por Editorial el Mié, 04/02/2026 - 12:16Responsabilidad extracontractual. Órgano de una sociedad que explota un casino online sin licencia. Acción de reembolso de pérdidas de juego. Lugar donde se ha producido el daño.
El Tribunal de Justicia declara que:
- El artículo 1, apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) n.º 864/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales, debe interpretarse en el sentido de que una acción de responsabilidad extracontractual dirigida contra los administradores de una sociedad por el incumplimiento de la prohibición impuesta por una normativa nacional de ofrecer al público juegos de azar sin disponer de licencia para ello no está comprendida en la categoría de las obligaciones extracontractuales que se derivan del Derecho de sociedades, a los efectos de esta disposición.


