Responsabilidad civil de los agentes de la edificación. Acción directa del perjudicado contra el asegurador
Enviado por Editorial el Mié, 19/11/2025 - 08:42Edificación. Responsabilidad civil de las aseguradoras de los agentes constructivos (arquitecto y aparejador). Acción directa del art. 76 LCS.
La obligación indemnizatoria que incumbe a las aseguradoras demandadas, como aseguradoras de la responsabilidad civil de los agentes de la edificación demandados, se concreta en el deber de soportar las consecuencias económicas de la obligación de hacer impuesta a tales demandados dentro de los límites fijados en los respectivos contratos de seguro de responsabilidad civil. Una vez que, ante el incumplimiento de la obligación de reparar impuesta a los agentes de la edificación asegurados, se ha acordado que estos indemnicen los daños y se ha fijado el importe de la indemnización, las aseguradoras responden frente al perjudicado del pago de dicha indemnización, dentro de los límites cuantitativos fijados en las respectivas pólizas de seguro de responsabilidad civil.


