Motivación de la denegación del planteamiento de cuestión prejudicial
Enviado por Editorial el Lun, 04/11/2024 - 11:48Procedimiento de autorización para interponer un recurso de casación. Petición para que se plantee al Tribunal de Justicia una cuestión relativa a la interpretación del Derecho de la Unión.
El Tribunal de Justicia declara que:
- El artículo 267 FUE, párrafo tercero, debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un órgano jurisdiccional nacional cuyas decisiones no sean susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno decida, en un procedimiento de examen de una solicitud de autorización para interponer un recurso de casación cuyo resultado depende de la importancia de la cuestión jurídica planteada por una de las partes del litigio para la seguridad jurídica, para la aplicación uniforme del Derecho o para el desarrollo de este, denegar dicha solicitud de autorización sin haber examinado si estaba obligado a plantear al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial sobre la interpretación o la validez de una