Ocultación al esposo de la paternidad biológica de la hija concebida antes del matrimonio y nacida tras su celebración
Enviado por Editorial el Jue, 16/05/2024 - 12:09Responsabilidad extracontractual en el ámbito familiar. Paternidad. Ocultación al esposo la paternidad verdadera. Daño moral y patrimonial.
El procedimiento se inicia por la demanda que interpone el exesposo frente a su exesposa y frente al varón que resulta ser el padre biológico de la niña concebida antes del matrimonio y nacida tras su celebración y que ha ejercitado con éxito una acción de reclamación de paternidad e impugnación de la paternidad del marido. En la demanda ejercita una acción de responsabilidad extracontractual basada en el art. 1902 CC, por ocultación maliciosa de la verdadera paternidad de la hija y solicita la indemnización de perjuicios (daño físico-psíquico, daño moral por la pérdida de la relación paterno filial con la hija, daño moral por la humillación de su honor y dignidad, perjuicio patrimonial por un proceso anterior de filiación, gastos de la prueba de paternidad, gastos de cuidado de la menor).