Publicación de la sentencia en los casos de intromisión en la intimidad y a la propia imagen
Enviado por Editorial el Lun, 27/02/2023 - 12:49Derecho al honor, intimidad y propia imagen. juicio de ponderación de los derechos en conflicto con la libertad de información. publicación de la sentencia en los casos de intromisión en la intimidad y a la propia imagen.
El Tribunal Constitucional en muchas ocasiones se ha referido a la jerarquía de los valores constitucionales, y, en caso de conflicto, ubica en el vértice de la pirámide a la libertad de expresión o de información.
No cabe afirmar apodícticamente, y sin atender a las circunstancias concretas de cada caso, la falta de idoneidad de la publicación de la sentencia para conseguir las finalidades reparadoras o preventivas a las que se refiere la norma en los casos de vulneración de la intimidad y de la imagen. De este precepto (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, art. 9. 2.a) se deduce que los derechos fundamentales al honor, intimidad e imagen, pueden conllevar como accesoria el ejercicio del derecho al olvido, a fin de retirar noticias de archivo digitales.