El seguro del automóvil no cubre al conductor asegurado por la muerte de sus familiares causada por su propia conducta
Enviado por Editorial el Vie, 17/05/2024 - 07:28Seguro de responsabilidad civil. Vehículos a motor. Cobertura. Diferencia con seguro de accidentes.
Seguro de responsabilidad civil obligatorio del automóvil y cobertura derivado de la circulación de vehículos a motor. No se extiende a los daños morales sufridos por el conductor por la muerte de su cónyuge en accidente imputable al propio conductor asegurado. La exclusión del conductor del ámbito de la cobertura obligatoria, por la muerte de sus familiares se impone dada la propia naturaleza del seguro litigioso, que no es de accidentes de manera tal que comprenda los daños propios sufridos por el asegurado por el siniestro automovilístico (art. 100 LCS), sino de responsabilidad civil, que cubre los daños causados por el conductor asegurado a terceros (art. 73 LCS) y no, por consiguiente, los que experimenta el mismo a consecuencia de su propia conducta generadora del daño; pues, en tales casos, falta el requisito de la alteridad inherente a esta tipología de seguros y no se produce la transferencia del daño del patrimonio del conductor responsable a su compañía de seguros para indemnizar al tercero perjudicado.


