Condenan a una entidad bancaria por déficit del sistema de seguridad a reembolsar a un cliente víctima de un fraude
Enviado por Editorial el Vie, 28/06/2024 - 07:56Contratos bancarios. Servicios de pago. Estafa informática mediante la apropiación de datos personales (correos electrónicos y SMS suplantando a la proveedora de servicios de pago). Spoofing. Transferencia. Obligaciones y responsabilidad del proveedor de servicios de pago.
Condenada a la entidad bancaria a pagar 6.000 euros a un usuario que fue víctima de una estafa de suplantación de identidad conocida como ‘SMS spoofing’. El perjudicado recibió un SMS, aparentemente del banco del que era cliente, que decía: “AVISO: un acceso no autorizado está conectado a su cuenta online. Si no reconoce este acceso verifique inmediatamente: tras pinchar en el enlace le llegó un nuevo mensaje con el texto: “Unicaja Banco: Introduce la clave de seguridad para finalizar con la vinculación de dispositivo de Banca Digital”. Poco después le informaba que había ejecutado una transferencia por importe de 6.000 euros, que en realidad no había sido ordenada por él sino por un tercero que había obtenido sus datos bancarios y la autorización para realizarla. La entidad admite que el primer paso de facilitar las claves de usuario y contraseña cuando recibió el primer mensaje pudiera no ser suficiente para calificarlo de negligencia grave. No obstante, mantiene que el segundo paso que dio el perjudicado cuando autorizó la vinculación de otro dispositivo es el que permitió llevar a cabo la operación fraudulenta.


