El TC declara la inconstitucionalidad del artículo 76 e) de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro
Enviado por Editorial el Jue, 08/02/2018 - 12:29Tutela judicial efectiva. Principio de exclusividad jurisdiccional. Contrato de seguro de defensa jurídica. Sumisión al arbitraje. Cuestión de inconstitucionalidad. El fundamento de la duda de constitucionalidad planteada estriba en que el legislador español, al trasponer la Directiva 87/344/CEE, ha dispuesto en el art. 76 e) de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro una sumisión a arbitraje de los conflictos surgidos entre asegurador y asegurado en el seguro de defensa jurídica, siempre que tal sea la voluntad expresada por el asegurado. Ello significa que de ejercitar el asegurado su derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el asegurador respecto al mencionado contrato de defensa jurídica, este debe someterse a tal mecanismo de resolución de conflictos, sin que sea necesaria su concurrente voluntad de dirimir la disputa a través de esta vía alternativa a la judicial.


