Acumulación de condenas
Enviado por Editorial el Vie, 12/06/2020 - 12:33Acumulación de condenas. Derecho de defensa.
Se declara nulo el auto de acumulación de condenas impugnado porque no incorpora 4 ejecutorias existentes al tiempo en que se llevó a cabo la acumulación. La acumulación de condenas debe comprender la totalidad de las ejecutorias existentes al tiempo de realizar la acumulación y será juez competente el tribunal que hubiera dictado la última sentencia.