Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal Supremo confirma la condena de 70 años impuesta al llamado "pederasta de Ciudad Lineal"

Fue condenado por cuatro delitos de agresión sexual y otros tantos de detención ilegal cometidos contra cuatro menores de entre 5 y 9 años

La Sala Segunda -de lo Penal- del Tribunal Supremo ha confirmado en su sentencia de 16 de enero, la condena a 70 años y 6 meses de prisión impuesta a A.A.O.M., conocido como el pederasta del distrito madrileño de Ciudad Lineal, como autor de cuatro delitos de agresión sexual y cuatro delitos de detención ilegal, dos de ellos en concurso ideal con la agresión sexual, así como dos faltas y un delito de lesiones cometidos contra cuatro menores, de entre 5 y 9 años, entre el 24 de septiembre de 2013 y el 22 de agosto de 2014 en Madrid. El condenado también tiene que pagar una indemnización de 425.000 euros a las víctimas en concepto de responsabilidad civil.

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de enero de 2018)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de enero 2018)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de enero 2018)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de enero 2018)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de diciembre 2017)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de diciembre 2017)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de diciembre 2017)

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de diciembre 2017)

El TC declara inconstitucional y nula la ley que regula las asociaciones de consumidores de cannabis en Navarra

El TC declara inconstitucional y nula la ley que regula las asociaciones de consumidores de cannabis en navarra porque invade la competencia exclusiva del estado en materia de legislación penal

El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha declarado inconstitucional y nula la Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra. La sentencia afirma que la norma vulnera la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación penal (art. 149.1.6 de la Constitución) porque regula, con incidencia sobre el tipo penal definido en la legislación estatal, el “consumo, abastecimiento y dispensación de cannabis”, en el marco de las asociaciones de usuarios a las que se refiere. Ha sido ponente de la resolución el Magistrado Alfredo Montoya.

Páginas