Casos Prácticos

Casos prácticos de actualidad en el área civil, mercantil, administrativa y penal.

Contrato con una entidad bancaria de producto financiero

Persona que había efectuado un requerimiento al banco para que, en un plazo, dejara sin efecto la cláusula suelo, y con devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
El banco contesta al consumidor ofreciendo compromiso de pago, y se allana.
Cuando de un interés fijo se trata, sustituido después por otro variable, y se ha suprimido la cláusula suelo manteniendo el índice de referencia del original contrato, se puede entender que se supera “el control de transparencia, pues un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, puede comprender las consecuencias jurídicas y económicas determinantes que para él se derivan de esa novación.
La consecuencia derivada de la falta de transparencia de la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones conlleva la declaración de su nulidad de pleno derecho
El incumplimiento de la normativa MiFID no supone la resolución contractual, sino la anulabilidad del contrato, pues la invalidez del mismo viene de una fase precontractual informativa, no enmarcada dentro de la relación financiera que dará lugar al contrato a firmar.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 261 (octubre 2022)

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Curación de lesiones y seguro obligatorio de viajeros

Relación entre la reclamación por daños personales y la reclamación nacida del seguro obligatorio de viajeros: compatibilidad entre ellas al margen de la curación de las lesiones personales. Caída de una pasajera en un autobús. Inexistencia de responsabilidad por daños personales derivados de la conducción del vehículo, ya que no ha quedado acreditado que la actuación del conductor haya sido la causante del accidente. Régimen de responsabilidad del seguro obligatorio de viajeros. Para ser acreedor de la indemnización con cargo al SOV bastará acreditar la condición de viajero con el correspondiente título de viaje y que los daños corporales deriven de alguna de las causas previstas legalmente, con independencia de la culpa o negligencia del conductor. Inclusión en los riesgos cubiertos de la caída de un pasajero por pérdida de equilibrio como efecto de una reducción de velocidad del vehículo. El hecho de haber curado de las lesiones sin secuelas no excluye el derecho a percibir indemnización con cargo al SOV.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 261 (octubre 2022)

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Cargo en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Cese e incompatibilidades. Procedimiento sancionador. Responsabilidad patrimonial

Este supuesto se centra en el análisis de las consecuencias de que una exconsejera de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia que, tras cesar en el cargo, opta por una compensación económica mensual durante dos años con la obligación de no realizar actividades incompatibles. Pese a ello, presta servicios profesionales en una empresa sujeta a la supervisión de la CNMC, por lo que la Oficina de Conflicto de Intereses instruye expediente sancionador que finaliza con sanción por incumplimiento de la Ley 3/2015, de regulación de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, que es objeto de recurso contencioso-administrativo con los argumentos que se exponen en el relato de hechos y cuya procedencia o no se estudian en el presente caso. Finalmente, la sancionada plantea reclamación, en concepto de responsabilidad patrimonial, por las circunstancias concurrentes en la publicación de aquella en el BOE

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 259-260 (agosto-septiembre 2022)

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Derecho al honor y a la propia imagen de artículo periodístico con fotografía y veracidad

Ejercicio legítimo el derecho a la información a que se refiere el artículo 20.1 d) de la CE, pues la publicación cumple los requisitos de veracidad y proporcionalidad, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, al tratarse de una información basada en documentos judiciales y policiales y sin que se realizaran comentarios o manifestaciones que no son simples rumores o aspectos sin constatación o meras invenciones.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 259-260 (agosto-septiembre 2022)

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Competencia de una mancomunidad de municipios. Ordenanza fiscal. Recurso contencioso-administrativo

Aborda el presente caso el análisis de diversas cuestiones jurídicas en relación con una mancomunidad de municipios y con la contratación del personal laboral por parte de un ayuntamiento. Así, en primer lugar, la aprobación de una ordenanza fiscal por una mancomunidad que es recurrida por un ayuntamiento que forma parte la misma y es anulada por sentencia judicial, planteándose el problema de la devolución de las cuotas que eran procedentes. En segundo lugar, el ajuste a derecho de la contratación laboral de una concejala de la oposición para un contrato a tiempo parcial de duración determinada no financiado con fondos propios del ayuntamiento, así como el procedimiento de selección utilizado.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 258 (julio 2022)

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Percibo de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas

Régimen de protección de los compradores de viviendas, en relación con las cantidades anticipadas como parte del precio. La garantía de devolución de los anticipos está vinculada a la efectiva construcción y entrega de la vivienda dentro del plazo contractual, siendo consecuencia de ello que dicha garantía no puede subsistir si la resolución es anterior al cumplimiento de la obligación del vendedor. Los compradores tienen derecho a reclamar de la aseguradora o avalista la devolución de los anticipos con base en un aval o seguro colectivo, aunque no se hubiera llegado a extender un aval individualizado. El banco no puede oponer el límite de cantidad de garantía del aval o el tiempo de vigencia, pues la ley no establece límites, sino que obliga a devolver las cantidades entregadas más el seis por ciento de interés anual.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 258 (julio 2022)

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Requisitos del plan de pagos en el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

El presente supuesto versa sobre el análisis del requisito del plan de pagos, y si la presentación de este plan puede ser considerada como uno de los requisitos para obtener el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, en el caso del concurso del deudor persona natural. El plan de pagos ha de ser aportado previamente a la solicitud del beneficio, para que las partes puedan formular alegaciones al mismo y con base en estas alegaciones será aprobado el plan propuesto o, en su caso, otro modificado por el juzgado. Los perfiles que este plan de pagos haya de tener constituyen un extremo necesitado de interpretación a partir de que se trata de una planificación de pagos a 5 años vista, con el objetivo de lograr una exoneración de deudas, tras haber hecho el deudor un esfuerzo real, durante cinco años, por pagar en la medida de lo posible todos los créditos no afectados por la exoneración. La propuesta de plan de pagos tiene que ser real (que contenga verdaderamente un real ofrecimiento de pago) y realista (que esté basado en la realidad de los recursos disponibles y en los que presumiblemente podrían lograrse durante el plazo de 5 años).

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 258 (julio 2022)

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Acceso a la función pública. Igualdad en la realización de pruebas selectivas e impugnación

Este caso plantea diversas cuestiones jurídicas derivadas de que en uno de los ejercicios de acceso a la función pública, en concreto, a funcionario de la Administración de Justicia, Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, se produjo un incidente que impidió, durante un tiempo, el desarrollo normal del ejercicio -prueba de velocidad en el uso de ordenador- para varios opositores si bien solo una de ellos recurrió, en primer lugar, en vía contencioso-administrativa y, posteriormente, a través del recurso de amparo constitucional por presunta vulneración de los arts.14 (principio de igualdad) y 23.2 (derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes). En la tramitación de ambos recursos se presentaros situaciones de controversia jurídica que se analizan en el supuesto.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF.-

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 257 (junio 2022)

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Uso de la vivienda común y contribución a las cargas de la vivienda de cónyuges divorciados

Reclamación de cantidad para el rembolso de cantidades referidas al IBI, seguro del hogar gastos de comunidad y derramas ordinarias posteriores a la demanda de divorcio de una pareja. Los gastos de comunidad correspondientes a la vivienda familiar han de ser a cargo de la sociedad de gananciales cuando sea titular de la misma con independencia de a quien se haya atribuido el uso tras la ruptura matrimonial.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 257 (junio 2022)

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Dolo civil y dolo penal en la contratación: delito de estafa

El presente supuesto incide en una cuestión práctica en materia de incumplimientos contractuales, cual es la frontera entre el dolo civil y el penal a efectos de la existencia o no del delito de estafa. La preexistencia del engaño y su cualificada eficacia causal para la obtención del desplazamiento patrimonial constituyen exigencias de tipicidad inexcusables. La ausencia de una u otra desplaza la intervención penal y obliga a acudir a las reglas civiles para la reparación del daño o del perjuicio causado. La criminalización del negocio exige identificar que, en efecto, se concibió en términos finales y causales como el singular instrumento engañoso, de tal modo que en su propio otorgamiento pueda ya excluirse la existencia de causa negocial, en los términos exigidos en el artículo 1275 del CC, en cuanto el defraudador contemplaba desde ese mismo momento el incumplimiento de las obligaciones que contraía.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada. Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 257 (junio 2022)

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