Derecho a la intimidad y a la propia imagen de menor de edad
Enviado por Editorial el Mié, 05/01/2022 - 13:45Derecho a la intimidad y a la propia imagen de menor de edad. Publicación de fotografías en un diario digital. Inexistencia de intromisión ilegítima.
El recurso tiene su origen en una demanda por intromisión en el derecho a la imagen de un niño por la publicación de dos fotografías suyas en la web de un diario digital. La demanda interpuesta por el padre ha sido desestimada en las dos instancias al considerar que no ha habido intromisión ilegítima. La sala declara que no es admisible que el recurrente, para justificar la existencia de la vulneración alegada, se aparte inmotivadamente de las conclusiones probatorias alcanzadas en la instancia sobre hechos concretos y argumentadas en la sentencia recurrida, o lo haga con alegaciones inconsistentes, pues si se admitiera revisar tales conclusiones probatorias se estaría desvirtuando la naturaleza del recurso de casación.