Inexistencia de un umbral mínimo para apreciar daños y perjuicios inmateriales en materia de protección de datos
Enviado por mariacampos el Mar, 16/01/2024 - 12:12Protección de datos personales. Concepto de «daños y perjuicios inmateriales». Inexistencia de un umbral mínimo para apreciar el perjuicio. Prueba por el interesado. Publicación por un ayuntamiento de datos personales contenidos en una sentencia. Mediante su cuestión prejudicial, el órgano jurisdiccional remitente pregunta, en esencia, si el artículo 82, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679, sobre tratamiento de datos personales (RGPD) debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional o a una práctica nacional que fija un «umbral de minimis» para caracterizar los daños y perjuicios inmateriales causados por una infracción de ese Reglamento.


