Responsabilidad civil: inexistencia de culpa exclusiva de la víctima en un accidente de circulación
Enviado por Editorial el Mar, 28/02/2023 - 10:12Seguro obligatorio de responsabilidad civil. Accidente de circulación. Inexistencia de culpa exclusiva de la víctima.
El proceso versa sobre las consecuencias civiles derivadas de un hecho de la circulación, como consecuencia de la colisión de un turismo con una motocicleta conducida por el demandante que resultó lesionado.
La sala declara que la compañía de seguros ha de indemnizar a los perjudicados por el evento circulatorio, salvo que acredite una de las causas de exoneración como es, la culpa exclusiva de la víctima, cuya carga de la prueba le corresponde. La idea de que el comportamiento de la víctima excluya la obligación de resarcir, en un sistema de responsabilidad objetiva por riesgo, que requiere una especial consideración. Para ello, es preciso que el siniestro sea causado intencionadamente por la víctima o se deba a su conducta la producción del resultado dañoso.


