Deber de lealtad de los administradores de las sociedades de capital
Enviado por Editorial el Vie, 16/12/2022 - 08:11Sociedades de capital. Administradores. Deber de lealtad de los administradores. Conflictos de interés.
Deber de los administradores de sociedades de capital de abstenerse por conflicto de interés de realizar transacciones con la sociedad y dispensa por la propia sociedad de este deber.
Administrador único que recibe préstamo de la sociedad y posteriormente lo devuelve con una dación en pago de dicho préstamo de dos viviendas privadas, siendo aprobado por junta general. Posteriormente accionistas solicitaron que se declarara el incumplimiento del deber general de diligencia y la conducta desleal del administrador se declarara la nulidad de la dación en pago.


