Arquitecto municipal condenado por otorgar licencia de construcción consciente de que el proyecto no se correspondía con la clasificación equipamental del terreno
Enviado por Editorial el Mar, 13/02/2018 - 11:51Delito contra la ordenación del territorio. Delito de prevaricación. Construcción de viviendas sobre una parcela calificadas como suelo urbano, con el carácter de dotacional público destinado al equipamiento. La calificación del suelo y su destino según la norma general de planeamiento del municipio, unido el origen de la finca, determinaba su naturaleza del bien de dominio público municipal, no susceptible de enajenación por el ayuntamiento en tanto no fuera desafectado. El arquitecto acusado, fue requerido para elaborar el preceptivo informe técnico y consciente de que el proyecto (viviendas) no se correspondía con la clasificación equipamental del solar ni con un uso de interés social asistencial o sanitario asociado al carácter del suelo de acuerdo con la normativa urbanística del municipio emitió informe en el que se procedía otorgar licencia municipal de obra. Conociendo el propósito del constructor y consciente que proyecto no se correspondía con la clasificación equipamental informó favorablemente sobre el cumplimiento de las normas de planeamiento.