El delito de apropiación indebida de abogados por cantidades recibidas como provisión de fondos
Enviado por Editorial el Vie, 27/04/2018 - 11:15Delito de apropiación indebida. Abogados. Los abogados solo cometen un delito de apropiación indebida si no pagan a un tercero por los servicios prestados para el pleito, como peritos o procuradores. Comete este delito cuando recibe la provisión de fondos con destino a gestiones concretas que deba pagar a terceros si, no dándoles el destino concertado, las hace suyas, y también incurre en el delito cuando el letrado no entrega cantidades que ha recibido de un órgano jurisdiccional o de terceros para entregarlo a su cliente ya que en estos casos es un gestor de dinero ajeno y abusa de su posesión o tenencia para hacerse pago de sus propios honorarios sin pacto expreso en ese sentido.





