Imposición preceptiva de las penas accesorias previstas
Enviado por Editorial el Mar, 28/01/2025 - 12:07Proceso penal. Derecho transitorio. Imposición preceptiva de las penas accesorias previstas en el art. 192.3 del CP. Inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad.
La necesidad de que el juicio de contraste entre la regulación más favorable y la que es objeto de derogación se verifique en su integridad, sin descomponer preceptos de uno y otro cuerpo legal. El elemento de comparación entre el texto previgente y el nuevo panorama normativo deberá hacerse en su conjunto, huyendo de aplicaciones fraccionadas. En supuestos de sucesión normativa, hemos apuntado que el cotejo debe hacerse confrontando en bloque ambos esquemas legales, pues solo así puede detectarse que régimen resulta más beneficioso. No es posible una fragmentación que permitiera escoger aspectos puntuales de una y otra versión, pues solo en su conjunto, a modo de un puzzle de piezas que encajan milimétricamente, el texto legal adquiere su propia sustantividad.


