Quebrantar la medida de internamiento impuesta al menor cuando ya es mayor de edad es delito
Enviado por Editorial el Jue, 16/01/2025 - 11:40Delito de quebrantamiento de condena. Medida de internamiento. Menores. Ley penal del menor.
El incumplimiento de las medidas impuestas por los juzgados de menores cuando proviene de quien ya ha alcanzado la mayoría de edad, tiene pleno encaje en el artículo 468 CP relativo al quebrantamiento de condena.
Solo cabe cuestionar en casación el juicio de tipicidad, esto es, la subsunción proclamada por el Tribunal de instancia, a partir de la secuencia histórica que la Sala sentenciadora ha declarado probada. En este caso del relato de hechos que nos vincula, se deduce que el acusado, conocedor de la medida sustitutiva que se le había impuesto, solo así puede entenderse de quien da comienzo al cumplimiento de la misma, abandona injustificadamente su seguimiento.