Fraude a la Seguridad Social donde la ineficiencia del control administrativo no excluye la culpabilidad
Enviado por Editorial el Lun, 17/02/2025 - 09:57Fraude a la Seguridad Social. Elementos del tipo. Estafa. Mecanismos administrativos de control. Culpabilidad del ilegítimo perceptor.
La estructura del delito de fraude a la Seguridad social es la propia de un delito de estafa, una estrategia engañosa dirigida a inducir a error a la Administración de la Seguridad Social, dando de esta manera lugar a un acto de desplazamiento patrimonial. La conducta típica (como se admite en la estafa, aunque en este campo no sin polémica) puede ser omisiva: se aparenta ante la Administración Pública una situación que no se ajusta a la realidad, un hecho inexistente, alterado o desfigurado. Se oculta aquello que se estaba obligado a comunicar. La omisión punible abarca no solo los supuestos de ocultación consciente de hechos de los que se tenía el deber de informar. Puede abrazar casos de aceptación y mantenimiento de una prestación que fue otorgada y/o prolongada por error del propio sistema.