Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

El TC desestima la tacha de inconstitucionalidad del art. 172 quater del Código Penal

Constitucionalidad del art. 172 quater del Código Penal. Principio de legalidad penal. Taxatividad del tipo. Conceptos jurídicos indeterminados. Libertades ideológica, religiosa y de expresión. Derechos de reunión y manifestación y a la igualdad. Intimidad de las víctimas del delito.

Quizá los motivos expresados por el legislador para especificar el contexto justificativo de la aprobación de la norma penal no coinciden de manera total o exclusiva con la descripción de la conducta típica, que no queda limitada al entorno geográfico donde se sitúe una clínica de salud sexual y reproductiva. De ello no se deriva necesariamente que el precepto no sea taxativo, o que las afirmaciones de la exposición de motivos deban necesariamente integrar la comprensión del tipo penal cuyo contenido normativo queda concretado por los elementos incorporados al art. 172 quater CP. Por tanto, respecto de esta cuestión debe rechazarse la invocación del principio de taxatividad.

Delito de homicidio por dolo eventual y sumisión química

Delito de homicidio. Dolo eventual. Sumisión química. Delito de robo. Delito de estafa.

Sumisión química con GHB para proceder al robo, en dosis que origina la muerte de la víctima con dolo eventual. El conocimiento del peligro propio de una acción que supera el límite de riesgo permitido es suficiente para acreditar el carácter doloso del comportamiento, al permitir admitir el dolo cuando el autor somete a la víctima a situaciones que no tiene seguridad de controlar, aunque no persigue el resultado típico.

La agravante de género no es compatible con el subtipo agravado del art. 180.1.4ª. en agresiones sexuales

Agresión sexual. Delito de violación. Agravante de género. Derecho transitorio: incidencia de la LO 10/2022, 6 de septiembre.

Delito de agresión sexual y la aplicación del tipo agravado cuando la víctima sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia del artículo 180.14º.

La cuestión que se suscita es la compatibilidad de la agravante de género prevista en el art. 22.4ª CP y el art. 180.1.4ª CP.

El acusado mantenía una relación de pareja y compartían domicilio con la victima de agresión sexual. La relación de afectividad de que habla el vigente art. 180.1.4ª CP actual es más amplia que el parentesco acotado en el art. 23 según ha reiterado este Tribunal en múltiples ocasiones. La agravación por relación conyugal o asimilada (parentesco) exige un cierto compromiso con vocación de permanencia y una convivencia (el art. 23 se refiere al conviviente) que no están presentes en la fórmula que ha incorporado el art. 180.1.4ª."

Protección penal de la exclusividad de la marca en delitos contra la propiedad industrial

Delito contra la propiedad industrial. Protección penal de la exclusividad de la marca. Marcas registradas. Confusión de la marca.

Condena de un establecimiento abierto al público en el que se ofrecían productos falsificados de marcas más conocidas. La defensa reprocha a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal, avalada en apelación, que no refleje en el hecho probado la realidad de una inscripción registral que sería indispensable para reivindicar la protección exclusiva que es propia de la marca. "...por muy conocidas que sean las marcas, por mucha notoriedad que ostenten no puede presumirse su inscripción registral.

Caso EREs Andalucía. Delito continuado de prevaricación y vulneración del derecho a la legalidad penal

Condena por un delito continuado de prevaricación. Vulneración del derecho a la legalidad penal. Interpretación imprevisible de los elementos del tipo. Retroactividad. Caso EREs Andalucía.

El contenido de los anteproyectos y proyectos de ley no puede ser objeto de control por ningún órgano judicial. Las actuaciones realizadas cuando el Gobierno ejerce la iniciativa legislativa no pueden considerarse en modo alguno una actuación administrativa. Son actos realizados por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno. Tampoco cabe calificar estas actuaciones como «resolución», al no tener el carácter de definitivas.

Legítima defensa y elementos esenciales constitutivos de la causa de justificación

Proceso penal. Legítima defensa. Agresión. Acción defensiva. Límites temporales.

La legítima defensa comporta la fijación de un rígido programa de condiciones de apreciación, La primera, que actúa, a su vez, como presupuesto basilar, reclama la existencia de una agresión ilegítima por parte de un tercero y que el defensor no la haya co-configurado de manera activa o relevante. Como segundo se reclama la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión ilegitima. No significa que deba estarse exclusivamente a las representaciones subjetivas del sujeto que se defiende. La valoración debe abordarse desde una posición objetiva "ex ante".  La necesidad debe independizarse, en principio, de la proporcionalidad entre el daño causado y el impedido.

Examen personal por el Juzgado de vigilancia penitenciaria del interno para imponer una medida

Vigilancia penitenciaria. Recurso para unificación de doctrina en materia penitenciaria. Sustitución de pena. Suspensión de prisión.

La cuestión controvertida no es tanto el diagnóstico del penado por referencia a la constatación de un padecimiento mental grave con carácter de permanencia -esquizofrenia paranoide- sino a la necesaria consecuencia del padecimiento, a modo de obstáculo que le impida conocer el sentido de la pena y el criterio respecto a la "contradicción" que debe presidir las decisiones respecto a la vía del art. 60 CP que pudiera hacer suspender la ejecución de la pena, garantizando que reciba la asistencia médica precisa, para lo cual pueda decretar la imposición de una medida de seguridad privativa de libertad de las previstas.

No existe un precepto en la LOGP que exija la celebración de un juicio o vista para resolver oralmente y no por escrito el expediente del art. 60 CP. La circunstancia de que en la práctica algunos JVP convoquen a una comparecencia entre Fiscal, Letrado y forense no es sino una práctica procesal sin sustento o apoyo legal directo que no determine su ausencia la nulidad de lo resuelto.

Delitos contra la salud pública y consumo compartido en Asociación cannábica

Asociación cannábica. Delitos contra la salud pública y asociación ilícita. Consumo compartido. Error de derecho. No se estiman.

Delito contra la salud pública y de asociación ilícita como Presidente y fundador de la denominada "Associació Cultural i cannábica y otros acusados como Secretario y Tesorero de la misma. Tanto el cultivo de cánnabis, como la posible comercialización de semillas y esquejes, en especial de cannabis sativa, previstos entre los objetivos y fines de la asociación, se encontrarían dentro de las conductas penales, previstas en el artículo 368 del Código Penal, por lo que fue denegada la autorización de la asociación.

Retroactividad penal por la entrada en vigor de la ley intermedia más favorable

Agresión sexual. Retroactividad de norma más favorable. Beneficio del reo. Ley intermedia. Acumulación de condenas.

Recurre la decisión de la Audiencia Provincial de no revisar a la baja las penas impuestas por los delitos de violación e intentado de violación por los que fue condenado. El fundamento del recurso es nuclear: la ley intermedia - L.O 10/2022- es más favorable que la ley en su día aplicada pues al reducir los respectivos umbrales mínimos de pena se produce también un corrimiento a la baja de los límites que marcan la mitad inferior.

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