Transformación de sociedad anónima en limitada. Principio mayoritario y unanimidad
Enviado por Editorial el Jue, 18/10/2018 - 07:42Registro Mercantil. Transformación de sociedad anónima en limitada. Quorum. Convocatoria. Mayorías. Estatutos. Principio mayoritario y unanimidad. Sin desconocer su origen y carácter contractual, puede decirse que los estatutos, sin ser verdadero derecho objetivo, constituyen derecho interno de la corporación. Por ello, en atención a su doble carácter, contractual y normativo, su interpretación debe hacerse teniendo en cuenta las normas sobre interpretación de los contratos, pero sin excluir absolutamente las reglas sobre la hermenéutica de las leyes. El principio mayoritario juega un papel capital en el ámbito de las sociedades, pero no se proyecta con igual intensidad en todos los casos, dependiendo del tipo de órgano. Incluso si se trata del órgano de administración, varía según la modalidad que adopte, y de la clase de mayoría exigida (para la constitución del órgano o para la votación) o tipo social de que se trate.