Edificación. La reserva en favor de determinados profesionales no supone infracción de los principios de necesidad y proporcionalidad, estando justificada en razones de interés público
Enviado por Editorial el Mar, 18/01/2022 - 13:45Ordenación de la edificación. Reserva de determinadas actuaciones en el proceso edificatorio a arquitectos y arquitectos técnicos. Proyecto firmado por un Ingeniero Civil de Obras.
La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en aclarar si la Ley de Ordenación de la Edificación contiene una reserva a favor de determinados profesionales (arquitectos y arquitectos técnicos) para la redacción del proyecto de obras o de dirección de obras, u otras actuaciones análogas, en edificios de uso administrativo (uso principal); y, de ser así, si tal reserva resulta conforme a los principios de necesidad y de proporcionalidad cuyo respeto imponen tanto la Ley de Garantía de Unidad de Mercado como la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, de libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.


