Responsabilidad patrimonial del productor, distribuidor de medicamentos defectuosos
Enviado por Editorial el Jue, 16/12/2021 - 11:13Responsabilidad patrimonial funcionamiento administración sanitaria. Uso de producto que después es objeto de alerta sanitaria. Culpa in eligendo vel in vigilando
En reclamaciones derivadas de prestaciones sanitarias, la jurisprudencia viene declarando que "no resulta suficiente la existencia de una lesión (que llevaría la responsabilidad objetiva más allá de los límites de lo razonable), sino que es preciso acudir al criterio de la lex artis como modo de determinar cuál es la actuación médica correcta, independientemente del resultado producido en la salud o en la vida del enfermo, por lo que "la actividad médica y la obligación del profesional es de medios y no de resultados.


