Derecho a la propia imagen y su posible aplicación a la propia voz
Enviado por Editorial el Lun, 30/01/2023 - 08:41Derecho a la propia imagen. Reproducción de la voz de un testigo. Libertad de expresión. Juicio del procés. Publicidad.
El interés público suscitado por el proceso penal denominado "juicio del procés", es innegable, tanto por los hechos que eran juzgados, y el contexto en el que se enmarcaban, como por las personas acusadas. El propio tribunal autorizó que el juicio fuera grabado y retransmitido en su integridad.
La autorización del tribunal para la captación, grabación y retransmisión del desenvolvimiento del juicio no ampara cualquier utilización posterior de las imágenes y voces captadas, grabadas y retransmitidas. Pero que una determinada utilización de la imagen o la voz captada en un juicio no haya sido autorizada por el tribunal no supone necesariamente que deba ser considerada una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen pues puede resultar justificada por otras razones.


