Resolución del contrato de compraventa de vestido de novia por cancelación de la boda durante el estado de alarma
Enviado por Editorial el Jue, 11/02/2021 - 14:00Contratos. Resolución. Compraventa de vestido de novia. Estado de alarma. Cancelación de la boda a causa de la pandemia.
El Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo establece que el consumidor puede interesar la resolución del contrato cuando sea de imposible cumplimiento. Ahora bien, en compensación a este derecho, el vendedor deberá devolver la suma recibida, pero podrá descontar los gastos incurridos debidamente desglosados y facilitados al consumidor. Es decir, la situación de alarma provocada por la pandemia, puede imposibilitar el cumplimiento de los contratos, pero de cara a garantizar el equilibrio de las prestaciones, el vendedor o el que presta los servicios puede también exigir el pago de los costes que ha asumido.


