Requisito del retracto legal arrendaticio de quien es arrendataria y propietaria de la mitad de la finca
Enviado por Editorial el Mié, 28/10/2020 - 09:47Arrendamientos urbanos. Retracto legal arrendaticio. Retracto de comuneros.
Durante el arrendamiento, se produjo la transmisión del 50% del usufructo, y no se extinguió tal derecho, por lo que el contrato de arrendamiento permanecía vigente en el momento de la venta (y, si no era así, no incumbe a la parte arrendataria, que presentó el contrato, acreditar la vigencia sino a la parte que lo niega probar su extinción.) y, en consecuencia, la demandante conserva su derecho de adquisición preferente.
El retrayente es propietaria de la mitad indivisa de unas fincas y a la vez es arrendataria de la totalidad frente a la comunera que vende la mitad de las fincas.