Cooperación judicial. Traducción de documentos. Asunción del gasto por el requirente
Enviado por Editorial el Mié, 15/06/2022 - 12:29Traducción de documentos judiciales y extrajudiciales. Traslado, a iniciativa del tribunal, de documentos judiciales a las partes coadyuvantes. Asunción de los gastos de traducción. Concepto de «requirente».
A tenor del artículo 5.2 del Reglamento (CE) n.º 1393/2007, el requirente asumirá los posibles gastos de traducción previa a la transmisión del documento, sin perjuicio de una posible decisión posterior, en su caso, del tribunal o autoridad competentes sobre la responsabilidad de dichos gastos. Sin embargo, dicho Reglamento no contiene ninguna definición del concepto de «requirente», por lo que el artículo citado debe interpretarse a la luz de su contexto y de los objetivos perseguidos por el Reglamento.


