Extinción de contrato de arrendamiento por adjudicación de la vivienda arrendada en un procedimiento de ejecución hipotecaria
Enviado por Editorial el Vie, 16/07/2021 - 08:24Arrendamiento de vivienda. Desahucio por falta de pago y reclamación de rentas. Extinción de contrato de arrendamiento por adjudicación de la vivienda arrendada en un procedimiento de ejecución hipotecaria.
El texto vigente del art. 13 de la LAU, al concertarse el contrato de arrendamiento objeto del proceso con el anterior propietario e, igualmente, al tiempo de adjudicarse a la entidad actora la vivienda litigiosa en procedimiento de ejecución hipotecaria, era el redactado por la Ley 4/2013, de 4 de junio, vigente desde el 6 junio 2013 hasta el 5 marzo 2019. La finalidad de esta norma exige que el arrendamiento de viviendas regulado por la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, se someta al régimen general establecido por nuestro sistema de seguridad del tráfico jurídico inmobiliario y, en consecuencia, en primer lugar, que los arrendamientos no inscritos sobre fincas urbanas no puedan surtir efectos frente a terceros adquirentes que inscriban su derecho y, en segundo lugar, que el tercero adquirente de una vivienda que reúna los requisitos exigidos por el art. 34 de la Ley Hipotecaria, no pueda resultar perjudicado por la existencia de un arrendamiento no inscrito.