Inicio del cómputo del plazo prescriptivo para reclamar los daños materiales derivados de un incidente aéreo
Enviado por Editorial el Lun, 15/01/2018 - 14:30Incidente aéreo. Reclamación de daños materiales. Dies a quo del plazo de prescripción. Notificación del informe preceptivo de la Comisión de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC). La fijación del dies a quo, para computar el plazo prescriptivo de la acción, es función que corresponde en principio a la Sala de instancia, y que su decisión al respecto, estrechamente ligada a la apreciación de los hechos, es cuestión perteneciente al juicio fáctico, no revisable en casación. Es cierto, que el hecho de que la apreciación del instituto de la prescripción presente, junto al tal aspecto fáctico, ha permitido a la Sala revisar la decisión de instancia por razones de correcta aplicación e interpretación de la normativa y jurisprudencia aplicables, que en el caso tiene que ver con el hecho de que la sentencia no ha tomado en consideración para determinar el día inicial aquel en que la CIAIAC concluye su investigación y emite el informe, que se notifica a los interesados.