Las cláusulas delimitadoras y limitativas en el contrato de seguro
Enviado por Editorial el Lun, 14/06/2021 - 10:11Contrato de seguro. Daños producidos por lluvia. Cláusulas limitativas de los derechos del asegurado.
Las cláusulas delimitadoras del riesgo son aquéllas mediante las cuales se concreta el objeto del contrato, fijando qué riesgos, en caso de producirse, por constituir el objeto del seguro, hacen surgir en el asegurado el derecho a la prestación, y en la aseguradora el recíproco deber de atenderla, mientras que limitativas de derechos son las que operan para restringir, condicionar o modificar el derecho del asegurado a la indemnización una vez que el riesgo objeto del seguro se ha producido, las cuales están sujetas, en orden a su validez y como expresión de un principio de transparencia legalmente impuesto, a los requisitos de ser destacadas de modo especial y ser específicamente aceptadas por escrito. La demandante, ahora recurrente, presentó demanda de juicio ordinario frente a la aseguradora recurrida en reclamación de una cantidad, en concepto de indemnización como consecuencia del siniestro descrito en la demanda (fuertes lluvias y viento causantes de daños en la vivienda) y con fundamento en la póliza de seguro multirriesgo familia-hogar contratada.