Liberación del pago de la prestación a cargo del asegurador por ocultar el asegurado una enfermedad en la declaración de salud que determinó su invalidez
Enviado por Editorial el Jue, 16/12/2021 - 07:10Seguro de vida e invalidez. Infracción del deber de declaración del riesgo. Ocultación de enfermedad mental y su tratamiento.
El presente litigio versa sobre la reclamación de la asegurada contra su compañía de seguros para el cumplimiento del contrato de seguro de vida con cobertura de invalidez que se encontraba en vigor al producirse el siniestro, consistente en la declaración de incapacidad permanente absoluta de la asegurada, reduciéndose la controversia en casación a determinar si esta infringió o no su deber de declarar el riesgo cuando cumplimentó la declaración de salud al negar que desde mucho antes de suscribir la póliza ya padecía una depresión por la que estaba recibiendo tratamiento médico, toda vez que, al contrario que el tribunal sentenciador, la recurrente considera que dicha patología no tenía ninguna relación causal con la enfermedad mental (trastorno psicótico de tipo esquizofrénico) que determinó su invalidez.
Es jurisprudencia de la sala la que declara que lo determinante de la liberación del pago de la prestación a cargo del asegurador no es la mera inexactitud en las respuestas del asegurado sino el dolo o la culpa grave, es decir, la inexactitud intencionada o debida a una culpa o negligencia de especial intensidad. El incumplimiento del deber de declaración leal del art. 10 LCS precisa que concurran los requisitos siguientes: