En los seguros de personas el tomador no tiene obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado
Enviado por Editorial el Lun, 14/02/2022 - 14:09Seguro de vida e invalidez. Deber de declaración del riesgo. En los seguros de personas el tomador no tiene obligación de comunicar la variación de las circunstancias relativas al estado de salud del asegurado.
El presente litigio versa sobre la reclamación del asegurado contra su compañía de seguros para el cumplimiento del contrato de seguro de vida con cobertura de invalidez que se encontraba en vigor al producirse el siniestro, consistente en la declaración de incapacidad permanente absoluta (IPA) del asegurado, reduciéndose la controversia en casación a determinar si infringió o no su deber de declarar el riesgo cuando cumplimentó la declaración de salud por el hecho de ocultar antecedentes de salud previos a la suscripción de la póliza que, en contra del criterio del tribunal sentenciador, la aseguradora-recurrente considera que sí tuvieron relación causal con las patologías determinantes de dicha invalidez, así como a determinar si el asegurado vulneró su deber de comunicar cualquier circunstancia ulterior sobre su salud determinante de una agravación del riesgo inicial.