Los créditos de la AEAT correspondientes a las retenciones del IRPF de salarios adeudados anteriores al concurso son créditos contra la masa
Enviado por Editorial el Mar, 30/10/2018 - 11:17Concurso de acreedores. Reconocimiento y clasificación de créditos. Retenciones IRPF. Créditos contra la masa. Devengo o nacimiento del crédito por retenciones del IRPF contra el deudor. La AEAT impugnó la lista de acreedores por diversas razones, en concreto, impugnó que el crédito de retenciones de IRPF correspondientes a los salarios de los trabajadores nacidos antes de la declaración de concurso que se pagasen con posterioridad fuera reconocido como crédito concursal litigioso con la clasificación de crédito con privilegio general del art. 91.2 de la Ley Concursal. El juzgado rechazó dicha impugnación y entendió que el crédito tributario nace con el devengo, que es el momento en que se entiende realizado el hecho imponible, de manera que en este caso, como los salarios eran anteriores al concurso, la obligación de retención es también anterior a la declaración de concurso.