Servicios de pago en el mercado interior. Concepto de «cuenta de pago». Cuenta de ahorro online desde la que el cliente efectúa, mediante un sistema de banca a distancia, sin aviso previo y sin intervención especial del banco, cargos y abonos en una cuenta de referencia a su nombre.
El tenor de la Directiva sobre servicios de pago, al definir los conceptos de «cuenta de pago», «operación de pago» y «servicio de pago», no permite, por sí solo, determinar si el concepto de «cuenta de pago» incluye o no una cuenta como la controvertida en el litigio principal, que se caracteriza porque, para realizar una operación de pago, es necesario realizar un paso intermedio consistente en una transferencia de fondos entre la cuenta de ahorro en cuestión y la cuenta corriente del usuario. Por ello, procede analizar el contexto legislativo en el que se inscribe esta Directiva, para lo cual es necesario tener en cuenta la Directiva sobre cuentas de pago, que, si bien no es directamente aplicable al litigio principal, debe aplicarse a todos los proveedores de servicios de pago. Asimismo, las definiciones que figuran en ella deben armonizarse, en la medida de lo posible, con las previstas en otros actos legislativos de la Unión y, en particular, con las de la directiva sobre los servicios de pago.