Validez de las cláusulas limitativas de derechos en un contrato de seguro de vida y accidentes
Enviado por Editorial el Lun, 27/11/2017 - 14:20Seguro de vida y accidentes. Exclusión de cobertura. Cláusulas limitativas de derechos destacadas y aceptadas por el asegurado. Validez. Siniestro con fallecimiento del asegurado a causa del uso de estupefacientes. El contrato suscrito es un seguro que tiene como garantía principal el fallecimiento del asegurado y como garantía complementaria su fallecimiento por accidente, ambos con una cobertura de 60.000 euros, que es lo que se reclama en la demanda, y que tienen diferentes cláusulas de exclusión de cobertura. En el primero, y en sede de condiciones generales, se excluye de la cobertura: «el uso de estupefacientes no prescritos médicamente», mientras que en el segundo, es decir, en el fallecimiento por accidente: «a) Los siniestros causados intencionadamente por el asegurado», y b) «los accidentes o enfermedades que sobrevengan al asegurado bajo los efectos del alcohol en grado igual o superior al legalmente permitido por la legislación de tráfico o seguridad vial o de drogas tóxicas o estupefacientes no prescritos médicamente». Las sentencias de primera y de segunda instancia desestimaron las pretensiones de los beneficiarios del seguro de vida y la Sala Primera confirma tal decisión desestimando, a su vez, los recursos extraordinarios interpuestos.