Delito de apropiación indebida, agravado por tratarse de primera vivienda
Enviado por Editorial el Jue, 16/12/2021 - 11:38Delito de estafa. Delito de apropiación indebida. Primera vivienda.
Entrega de cantidades a cuenta de la construcción y venta de una vivienda que servirá de domicilio para el comprador, sin que se entregue ni el piso ni se devuelva el dinero, sin asegurar la devolución de las cantidades entregadas, y sin haberse empleado el dinero en su construcción.· Los acusados, conocedores de su negocio, como profesionales de la construcción, ignoraron las leyes que rigen el mismo, y obraron con una total falta de diligencia, utilizando una sola cuenta para verificar la obra de varias construcciones, y otro conjunto de actividades extrañas a su actividad, no pudiéndose exigir al querellante una prueba diabólica, ya que, una vez que se abre una sola cuenta para las diversas construcciones que acomete la sociedad, es imposible saber si las cantidades que entregaba a cuenta y con una específica finalidad, se empleaban, o no, en la construcción de su vivienda, argumentación que no puede ser admitida por esta Sala Casacional, so pena de despenalizar de facto tal comportamiento delictivo para todo caso y situación.


