Delito de lesiones en el contagio de enfermedad de transmisión sexual
Enviado por Editorial el Jue, 30/04/2020 - 13:17Lesiones. Contagio de enfermedad de transmisión sexual.
Transmisión del VIH en supuestos en los que el infectado conocía la enfermedad de su pareja y aceptó mantener relaciones sexuales en forma que entrañaba un riesgo de contagio. Ha de ubicarse en la tipificación de las lesiones de los artículos 147 y ss del Código Penal, dado que el tipo básico del delito de lesiones corporales admite cualquier medio o procedimiento en orden a causar una lesión que menoscabe la integridad corporal o la salud física o mental de una persona, integrándose por ello en la conducta típica el contagio o la transmisión, dolosa o culposa, de una enfermedad o dolencia a otra persona, sea cual fuere su naturaleza.


