Jurisprudencia de Derecho Penal

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Penal

Garantías en la obtención de la prueba de ADN en el procedimiento penal

Identificación perfil genético ADN. Base datos de la Ley 10/2007. Garantías en la obtención de la prueba de ADN en el procedimiento penal. En el momento en que el acusado prestó su consentimiento a la toma de muestras de ADN no se hallaba privado de libertad y estaba asistido de letrado e intérprete.  La Policía Judicial puede recoger restos genéticos o muestras biológicas abandonadas por el sospechoso sin necesidad de autorización judicial adoptando las prevenciones necesarias para su conservación y puesta a disposición judicial. Cuando,  se trate de muestras y fluidos cuya obtención requiera un acto de intervención corporal y, por tanto, la colaboración del imputado, el consentimiento de éste actuará como verdadera fuente de legitimación. Si el imputado se hallare detenido, ese consentimiento precisará la asistencia letrada.

Elementos para apreciar la existencia de un delito de prevaricación administrativa

Delito de prevaricación administrativa. Delito de falsedad documental. Dilaciones indebidas. Tipificación de los hechos como delito de prevaricación administrativa del art. 404 CP en lugar de la condena del Tribunal de instancia por delito de falsedad documental en concurso medial con fraude a la Administración Pública cometido por un Alcalde. Alteración del contenido del contrato para la contratación de una obra por la empresa adjudicataria, modificando las condiciones respecto al contenido del pliego de condiciones y la adjudicación con respecto al inicio del devengo de la obligación de pago del canon por la adjudicación.  Integra una resolución arbitraria, porque se llevaba a cabo "a sabiendas" de su injusticia, porque no eran esas las bases de la adjudicación y esa firma de ese contrato alteraba el pliego de condiciones de forma consciente y dolosa. Y este dolo viene probado por la propia referencia de la sentencia al traslado del secretario del Ayuntamiento de la incorrección de lo que se estaba haciendo.

Condena a tres años y medio de prisión a un hombre por grabar y difundir el vídeo de una pareja practicando sexo en un baño de una discoteca

Delito de descubrimiento y revelación de secretos. Condenado a tres años y medio de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos a un joven que grabó a una pareja manteniendo relaciones sexuales en una discoteca, y luego difundió el vídeo a través de una red social. El condenado entró al aseo y se subió a la taza del váter y grabó la escena del baño contiguo, actuando con el ánimo de vulnerar la intimidad de terceras personas, sin que la pareja fuera consciente ni diera su consentimiento. Las imágenes, que el condenado distribuyó vía Whatsapp a contactos de su entorno, adquirieron gran difusión. Debido a la repercusión social que alcanzaron las imágenes captadas, las dos mujeres víctimas vivieron una situación personal angustiosa, con síntomas de estigmatización y ansiedad. Una de ellas podría desarrollar un trastorno adaptativo si la publicidad de las imágenes continuara. Le impone también la obligación de indemnizar a las mujeres con 3.000 y 5.000 euros respectivamente.

Miedo insuperable como eximente o atenuante

Miedo insuperable como eximente o atenuante. Delito de falso testimonio. Responsabilidad civil. Usurpación de estado civil.  Tal y como se configura la eximente de miedo insuperable (completa o incompleta), resulta necesaria la existencia de una relación de causalidad -causa efecto- entre el estímulo tan poderoso que genera el terror y la reacción delictiva de la persona afectada por dicho estímulo. Al margen de dicha relación de causalidad es necesaria una inmediatez temporal entre el estímulo aterrador y el delito cometido. Finalmente el miedo debe ser tal que la inmensa mayoría de las personas hubieran reaccionado de igual forma. La sala de instancia en cualquier caso, no desconoce la personalidad de los implicados, que le permite desestimar una situación de miedo insuperable si bien considera que pudo afectar a su capacidad de decisión y a su voluntad de forma ligera, por lo que procede estimar la apreciación de la misma como circunstancia atenuante de naturaleza analógica.

Condena a una multa de 1.440 euros a unos padres por el absentismo escolar continuado de sus tres hijos

Delito de abandono de familia. Desatención de la educación de menores. Dilaciones indebidas. Condenado a una multa de 1.440 euros a unos padres como autores de un delito de abandono de familia, por permitir que sus tres hijos faltaran a clase durante varios meses y por no escolarizar a uno de ellos hasta que cumplió los ocho años. Los niños no fueron a clase ningún día durante periodos de hasta cuatro meses en los cursos escolares 2010/2011 y 2011/2012, pese a los avisos de los centros educativos.

Delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. Violencia e intimidación necesaria para el delito de agresión sexual

Delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. Violencia e intimidación necesaria para el delito de agresión sexual. Delito contra la intimidad. Los acusados "conformaron de modo voluntario una situación de preeminencia sobre la denunciante" y que aprovecharon su superioridad "para abusar sexualmente de la denunciante. La denunciante reaccionó de modo intuitivo, la situación en que se hallaba y los estímulos que percibió , provocaron un embotamiento de sus facultades de raciocinio y desencadenaron una reacción de desconexión y disociación de la realidad, que le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad , determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera. Las acusaciones no han probado el empleo de un medio físico para doblegar la voluntad de la denunciante, que con arreglo a la doctrina jurisprudencial implica una agresión real más o menos violenta, o por medio de golpes, empujones, desgarros; es decir, fuerza eficaz y suficiente para vencer la voluntad de la denunciante y obligarle a realizar actos de naturaleza sexual, integrando de este modo la violencia como elemento normativo del tipo de agresión sexual. Por otro lado señala que las lesiones que presentaba la denunciante no revelan la existencia de violencia, que cumplimente las exigencias de este elemento que califica el tipo de agresión sexual. En lo que atañe a la intimidación como medio comisivo alternativo, precisamos que ha sido definida por la jurisprudencia como constreñimiento psicológico, consistente en la amenaza o el anuncio de un mal grave, futuro y verosímil, si la víctima no accede a participar en una determinada acción sexual y en las concretas circunstancias del caso, el tribunal no aprecia que exista intimidación a los efectos de integrar el tipo de agresión sexual, como medio comisivo, que según se delimita, requiere que sea previa, inmediata grave y determinante del consentimiento forzado.

Los radares móviles estáticos tendrán el mismo margen de error que los fijos para imponer multas de tráfico

Delito contra la seguridad vial. Radares de velocidad. Márgenes de error. Condena al recurrente en casación como autor de un delito contra la seguridad vial a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, al declarar acreditado que el acusado conducía en una autopista a una velocidad superior a 80 km/h por encima de la máxima reglamentaria, de 120 km/h (conducía a 203 km por hora). Se señala que los radares móviles de tráfico que realizan la medición de la velocidad desde una ubicación fija, en trípodes o en coches parados, tienen un margen de error del 5% y no del 7%, por lo que atribuye a este tipo de dispositivos el mismo porcentaje que a los fijos.

El delito de apropiación indebida de abogados por cantidades recibidas como provisión de fondos

Delito de apropiación indebida. Abogados. Los abogados solo cometen un delito de apropiación indebida si no pagan a un tercero por los servicios prestados para el pleito, como peritos o procuradores. Comete este delito cuando recibe la provisión de fondos con destino a gestiones concretas que deba pagar a terceros si, no dándoles el destino concertado, las hace suyas, y también incurre en el delito cuando el letrado no entrega cantidades que ha recibido de un órgano jurisdiccional o de terceros para entregarlo a su cliente ya que en estos casos es un gestor de dinero ajeno y abusa de su posesión o tenencia para hacerse pago de sus propios honorarios sin pacto expreso en ese sentido.

Alcance de la agravante en el delito de violencia de género por presencia de menores

Violencia de género

Delito de lesiones. Violencia de género.  Subtipo agravado. Agravante por presencia de menores. La agravante prevista para las agresiones de violencia de género consistente en actuar “en presencia de menores”  del artículo 153.3 del Código Penal, no puede restringirse a “las percepciones visuales directas, sino que ha de extenderse a las percepciones sensoriales de otra índole que posibiliten tener conciencia de que se está ejecutando una conducta agresiva de hecho o de palabra propia de una escena de violencia”, ya que “en tales supuestos es patente que el menor resulta directamente afectado de forma muy negativa en su formación y desarrollo personal, en su maduración psicosocial y en su salud física y mental. De no interpretarse así, el precepto resultaría desactivado en la esencia de su funcionalidad, al quedar desprotegidos numerosos supuestos relevantes de victimización de menores de edad (cuando no tienen acceso al dormitorio de la pareja; o se encuentran atemorizados a la hora de acudir al cuarto donde se ejecuta la acción violenta; o simplemente cuando tienen dificultades de visión; etcétera).

La relevancia penal de la negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica y el delito contra la seguridad vial

Prueba alcoholemia

Delito contra la seguridad vial. Negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica. La cuestión a debate es sí la negativa a realizar una segunda medición para la detección de la ingesta alcohólica por parte del conductor requerido a ello por parte de los agentes de la autoridad, una vez ha resultado positiva una primera prueba realizada con etilómetro de precisión, completa o no la tipicidad del artículo 383 CP. El artículo 383 CP se configura como tipo penal en blanco: remite, de forma expresa, a la normativa administrativa sobre comprobación de las tasas de alcoholemia.

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