Omisión de cuidados necesarios a los animales, no proporcionándoles suficiente alimento ni cobijo adecuado
Enviado por Editorial el Vie, 26/04/2019 - 15:26Delito continuado de maltrato animal. Condenado a sendas multas de 720 euros por delito de maltrato animal, a dos personas que tenían nueve perros y cinco caballos en condiciones “lamentables y antihigiénicas”, sin acceso a agua ni comida y en una situación de abandono que provocó “manifiesta delgadez” en varios de ellos. El bien jurídico protegido en el delito de maltrato animal es la dignidad del animal, el respeto a su integridad física y psíquica y a su vida. La integridad física y psíquica de los animales que nos ocupan, han sido violentadas por los acusados, porque uno de ellos no se ocupó de que el perro del que es titular su esposa y los otros tres perros que se encontraban en el mismo recinto de la parcela estuvieran en un alojamiento con condiciones sanitarias y suficientes para cobijarse adecuadas, así como que su alimentación y disposición de agua tampoco eran suficientes, dada la delgadez que presentaban, sin que se conozca la atención veterinaria prestada, pues no se ha presentado la cartilla, pero tampoco se ha realizado examen veterinario pormenorizado para conocer su estado de salud y atención (vacunas, desparasitación...). El acusado, aparte de ser el cuidador del perro de su esposa, también tenía acceso diario visitando de forma diaria a este animal y por tanto, veía también las condiciones en las que se encontraban el resto, y no ha acreditado que pusiera en conocimiento de su dueño -cuyos datos tampoco ha querido facilitar- el estado en el que se encontraban, ni tampoco a la Administración competente o a los agentes de policía competentes.


