Determinación del carácter ganancial o privativo de bienes inmuebles en la liquidación de la sociedad de gananciales. Derecho de reembolso
Enviado por Editorial el Vie, 26/07/2019 - 14:32Régimen económico matrimonial. Liquidación de sociedad de gananciales. Bienes gananciales y privativos. Derecho de reembolso.
La controversia se suscita tras un divorcio, en el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales, respecto de varios inmuebles adquiridos constante matrimonio bien por uno solo de los cónyuges, bien por ambos cónyuges. Los problemas que se plantean tienen que ver con el ámbito y los efectos de las atribuciones de ganancialidad por voluntad de los cónyuges y su relación tanto con la presunción de ganancialidad, como con los distintos criterios legales de determinación del carácter ganancial o privativo de los bienes, así como con la relevancia de no haber hecho reserva de que se aporta dinero privativo al adquirir un bien al que se va a atribuir carácter ganancial.