Convenio sobre guarda y custodia monoparental y su posterior modificación
Enviado por Editorial el Vie, 28/02/2020 - 12:27Derecho de Familia. Convenio sobre guarda y custodia monoparental y su posterior modificación a guarda y custodia compartida.
La redacción del artículo 92 del Código Civil, no permite concluir que la custodia compartida sea una medida excepcional, al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que sea posible.