Reparto no igualitario de tiempo de estancia entre los progenitores en un sistema de custodia compartida
Enviado por Editorial el Vie, 01/03/2019 - 15:01Familia. Guarda y custodia compartida. Reparto de los tiempos.
El sistema de custodia compartida no conlleva un reparto igualitario de tiempos sino que pretende un reparto lo más equitativo posible y atemperado con la diversidad de las jornadas laborales de los progenitores. En el caso, la sentencia recurrida confirma el sistema de custodia compartida, ya asumido por el juzgado de familia, que a su vez respetó en lo esencial la práctica que los padres aceptaban con anterioridad a la demanda de divorcio.