Revisión de sentencia firme. El llamamiento a los interesados en los procesos de impugnación de resoluciones del Registro Civil
Enviado por Editorial el Lun, 16/07/2018 - 12:51Revisión de sentencia firme. Maquinación fraudulenta. El llamamiento a los interesados en los procesos de impugnación de resoluciones del Registro Civil. La demanda de revisión se fundamenta en la obtención injusta de la sentencia firme por maquinación fraudulenta, que habría consistido en la ocultación en la demanda de impugnación de la resolución de la DGRN, de la comparecencia de la ahora demandante, como interesada en el expediente de inscripción del matrimonio en el Registro Civil. El art. 362 del Reglamento del Registro Civil no establece un procedimiento específico para la impugnación judicial de las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en materia de registro civil, sino que únicamente admite la posibilidad de que las resoluciones dictadas por la DGRN puedan ser impugnadas ante «la vía judicial ordinaria». Cuando se tramitó el procedimiento no tenía que aportarse al juzgado el expediente del Registro Civil y solamente tendría constancia del mismo si lo aportara como documento una de las partes, la única forma de que el órgano judicial pudiera conocer la existencia de terceros interesados en el proceso (en el sentido de posibles afectados por la resolución que se dicte) sería que así se lo manifestara la parte demandante.