Momento de la extinción del régimen de sociedad de gananciales en los casos de separación de hecho
Enviado por Editorial el Vie, 29/11/2019 - 12:45Familia. Régimen económico matrimonial. Sociedad de gananciales. Momento de la disolución. Divorcio y separación de hecho.
Momento de la extinción del régimen de sociedad de gananciales en los casos de separación de hecho. Regla general (cuando se disuelve el matrimonio por sentencia) y posibilidad, según jurisprudencia, de fijarlo en el momento de la separación de hecho.
El artículo 1392 CC establece que la sociedad de gananciales concluye de pleno derecho, entre otras causas, por la disolución del matrimonio, mientras que el 1393-3.º dispone que también concluye la sociedad de gananciales por decisión judicial, a petición de uno de los cónyuges, cuando exista separación de hecho por más de un año o por abandono del hogar.


