Falta de aprobación judicial de la liquidación de la sociedad de gananciales en un convenio regulador
Enviado por Editorial el Vie, 03/10/2025 - 07:16Registro de la Propiedad. Adjudicación de fincas mediante convenio regulador adoptado en procedimiento de divorcio en el que no se aprueban judicialmente las estipulaciones relativas a la liquidación de gananciales.
La determinación de si el concreto convenio regulador aprobado judicialmente constituye o no título hábil para la inscripción de los actos realizados en el mismo está sometida a la calificación registral, porque es una cuestión relativa a los obstáculos derivados de la legislación registral.
Es inscribible el convenio regulador sobre liquidación del régimen económico-matrimonial que conste en testimonio judicial acreditativo de dicho convenio, siempre que haya sido aprobado por la resolución que acuerda la nulidad, la separación o el divorcio. Ahora bien, esa posibilidad ha de interpretarse en sus justos términos, atendiendo a la naturaleza, contenido, valor y efectos propios del convenio regulador, sin que pueda servir de cauce formal para otros actos que tienen su significación negocial propia, cuyo alcance y eficacia habrán de ser valorados en función de las generales exigencias de todo negocio jurídico y de los particulares que imponga su concreto contenido y la finalidad perseguida.


