Enajenación de parcela, perteneciente a una sociedad en liquidación concursal, no expresamente valorada en el plan de liquidación
Enviado por Editorial el Mié, 03/12/2025 - 08:57Registro de la Propiedad. Escritura de compraventa en la que la mercantil transmitente, representada por administrador concursal, vende una parcela, perteneciente a una sociedad en liquidación concursal, que no consta expresamente valorada en el plan de liquidación.
El registrador debe comprobar que la transmisión efectuada por el administrador concursal se ajusta al plan de liquidación, documento éste que opera a estos efectos como una especie de autorización judicial traslativa, siendo preceptiva la debida concreción de las condiciones de la trasmisión en dicha autorización traslativa conforme a la doctrina gubernativa.


