Revocación de donación de finca en condominio. Procedimiento de división promovido por el donatario cuyo título se revoca
Enviado por Editorial el Jue, 02/10/2025 - 13:16Registro de la Propiedad. Sentencia en procedimiento de división de cosa común, calificada negativamente, que no accede al Registro. Revocación, en sentencia posterior, inscrita, de la donación hecha a uno de los comuneros.
El principio de tracto sucesivo intenta evitar la indefensión e implica que los títulos inscribibles deben ser otorgados por los titulares registrales, así como que los procedimientos deben ir dirigidos contra el titular registral o sus herederos, circunstancia que debe ser tenida en cuenta por el registrador, al estar incluida dentro del ámbito de calificación. Así todo título que pretenda su acceso al Registro ha de venir otorgado por el titular registral o en procedimiento seguido contra él, lo que no hace sino desenvolver en el ámbito registral el principio constitucional de salvaguardia jurisdiccional de los derechos e interdicción de la indefensión y el propio principio registral de salvaguardia judicial de los asientos registrales, que deriva a su vez de la legitimación registral pues si la inscripción implica una presunción iuris tantum de exactitud de los pronunciamientos del Registro a todos los efectos legales en beneficio del titular registral, el efecto subsiguiente es el cierre del Registro a los títulos otorgados en procedimientos seguidos con persona distinta de dicho titular o sus herederos, y que esta circunstancia debe ser tenida en cuenta por el registrador, al estar incluida dentro del ámbito de calificación de documentos judiciales.


